jueves, 26 de octubre de 2017

Sucesión hijos del padre que se casa después, herederos de la esposa.

Señor Pablo, Cordial Saludo, en relación con su Consulta:

"Buenos días gracias por su respuesta, sin embargo respecto al caso aclaro que mi padre y la esposa fallecieron sin embargo no dejaron testamento alguno, mi padre tuvo hijos legítimos y naturales, ninguno con la esposa y los familiares de la esposa que a la vez es mi tía reclaman derecho sobre sus bienes. agradezco su atención y colaboración para saber el procedimiento a seguir en este tipo de casos. 

Solicito su valiosa colaboración para saber si tengo derecho a una herencia siendo yo hija natural (sin el apellido). En el caso de un matrimonio del que solo tenia hijos mi padre ya que durante el tiempo que vivieron no tuvieron hijos en común. De igual manera deseo saber si los familiares de la esposa de mi papá tienen derecho también ya que están reclamando derecho sobre la herencia. Agradezco su atención y ayuda".

Respuesta inicial, la "regla general" sería que los hermanos(as) de la esposa de su padre, tendrían derecho por la parte o por la cuota de ella, pero, a través de un estudio jurídico a fondo de los bienes a repartir de su padre investigando todas las variables, como la fecha de compra o de adquisición, a nombre de quién están y otras circunstancias legales, que podrían ser puestas a su favor, como por ejemplo la fecha en que comenzó la unión marital de hecho o se casaron etc, en fin, lo invitamos agendar una cita en nuestras oficinas para que le quede definitivamente solucionadas sus dudas, así como todas las opciones y salidas legales, el costo de la asesoría y consulta es de medio salario mínimo legal mensual vigente.

Derecho Tributario Asesoría Retención en la Fuente

Señor Roberto, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Necesitamos asesoría tributaria en un negocio de compra y venta de chatarra, tema principal: retención en la fuente".

Respuesta inicial, nuestra firma de abogados cuenta con abogados graduados desde el año 2001, con postgrado y experiencia en derecho tributario, contamos con un equipo multidisciplinario de contadores públicos asesorando a su favor empresas ante la DIAN, contamos con referencias certificadas. El costo de inversión por la asesoría y la consulta así como del estudio de la documentación es de un (1) salario mínimo legal mensual vigente donde le ofreceremos todas las salidas y opciones legales.

Derecho Laboral, Descargos Irregulares al Empleado, Reglamento Interno de Trabajo

Señora Giselle, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"El día 29 de agosto del presente año por accidente entrando de almorzar entre el celular (es una flechita)pero esta prohibido según el reglamento estuve en descargos por el hecho el 11 de septiembre por motivos de incapacidad de hecho el día que cometí la falta yo tengo legalmente incapacidad ya que el ortopedista me otorgo incapacidad ese día a las 5 pm hoy casi dos meses después del hecho me dan respuesta a los descargo y me suspenden 8 días era mi primer falta en 6 años que llevo en la empresa es ???? el tiempo que se demoro la respuesta de los descargos en esos 8 días de la suspensión prima una incapacidad o la suspensión laboral (nunca he tenido ni un memorando, ni un llamado de atención) mi contrato es a termino indefinido".

Respuesta inicial, No es legal ésta suspensión laboral, se debe sujetar estrictamente al Reglamento Interno de Trabajo - RIT de su empresa, por entrar un celular un empleado no puede ser sancionado y efectivamente Usted se encontraba incapacitada para la época de los descargos, por lo que se deben interponer las Denuncias administrativas ante el Inspector del Trabajo y ante el Señor Juez, nuestra firma de abogados también podría formular directamente la reclamación ante la Empresa, todo esto con el fin con el objetivo de asegurarle su estabilidad laboral futura porque todo indica que la están desahuciando, aburriendo, acorralando para poderla despedir o que se canse y renuncie, entonces se recomienda invertir recursos y no esperar que sea despedida, el costo es de un (1) salario mínimo para interponer la reclamación directa y la querella ante el inspector del trabajo.

miércoles, 25 de octubre de 2017

Compraventa de Vehículo Ajeno Estafa Engaño

Señor Carlos, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Compre un carro en Diciembre del año pasado y la antigua dueña no quiere realizar traspaso, ahora encuentro que el carro tampoco esta a nombre de la vendedora pues la tarjeta de propiedad aparece como levantamiento de prenda del primer comprador. la vendedora no me contesta llamadas, tampoco mensajes, que puedo hacer?"

Respuesta inicial, Se debe interponer un proceso ordinario de mínima cuantía de resolución de compraventa ante un Juez Civil Municipal, contra la vendedora del automotor,  con el fin de hacer exigible la devolución del dinero capital, cláusula penal, daños emergente y lucro cesante, intereses, costas del proceso, agencias en derecho e indemnizaciones; ésto sin contar la presentación de una Denuncia Penal.


Derecho Migratorio, Asilo Político

Srta Yuli, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Para saber como pedir asilo político"

Respuesta inicial, se deben estudiar las causas por las cuales necesita solicitar un asilo político, no basta con alegarlo sino con demostrarlo, saber para que país e investigar su condición social para fundamentar su solicitud, es decir, un asilo no es una cosa mecánica, sino que se debe mirar cada caso en particular y colocar en un escrito todos los argumentos legales que le sean a su favor para convencer; el costo de inversión por éste trámite es de un (1) salario mínimo.


martes, 24 de octubre de 2017

Derecho Inmobiliario, Contrato Arrendamiento Comercial Derechos del Arrendatario Inquilino

Señor Daniel, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Buen día. Tenemos un negocio familiar en el barrio Castilla desde hace 27 años. En mayo de este año, el dueño del inmueble nos envió una notificación informando que se daba por terminado el contrato de arriendo ya que está en venta la casa. Según me he informado por código de comercio, eso no es motivo legal para solicitar la restitución del local. Quisiera saber qué se debe hacer, ya que el contrato vencería el 25 de noviembre: informar al dueño la no desocupación del inmueble, consignar en cuenta judicial. De igual manera, requiero la asistencia de un abogado que lleve el caso en caso que la situación se complique".

Respuesta inicial, efectivamente Usted tiene derecho como mínimo a una indemnización, al good will que le dio al local comercial a la cláusula penal, a la renovación del contrato e incluso el derecho a adquirir el predio, somos abogados con postgrado y experiencia desde el año 2001 en éstos procesos, contáctenos.


Tarifa promocional, medio salario mínimo legal mensual vigente, 369.000, consignando en la cuenta de ahorros del Banco Caja Social # 240 633 477 13 a nombre del profesional especializado: David Edo. Romero M. y reserve su Consulta ahora, donde se le hará por escrito la respuesta al arrendador.

Atte, San Ivo Abogados.

Derecho Inmobiliario Contrato Arrendamiento Comercial Derechos Inquilino Arrendatario

Señor Gabriel, Cordial Saludo, en relación con su Consulta:

"Tengo en arriendo un local comercial hace 21 años con contrato verbal la dueña de la casa la va a vender no me la quiso vender a mi me exige que tengo que entregarle el predio sin indemnizarme creo tener algún derecho a una indemnización o que me deje en un precio cómodo para no exigirle indemnización pero no quiere yo tampoco le quiero desocupar". 

Respuesta inicial, el contrato de arrendamiento comercial confiere derechos tales como, la renovación automática del contrato, good will del local, así como el beneficio de adquisición del inmueble y como mínimo una indemnización si el arrendador le solicita anticipadamente o que desocupe el predio, se trata de adelantar éstas reclamaciones o procesos por parte de un abogado con postgrado y experiencia en éstos asuntos como los de nuestra firma de profesionales.

lunes, 23 de octubre de 2017

Derecho Comercial Propiedad Intelectual

Señor Ricardo, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Hola Busco un Abogado Especialista en Propiedad Intelectual".

Respuesta Inicial. Nuestra firma de abogados cuenta con profesionales graduados desde hace mas de dieciséis (16) años, con postgrado y mucha experiencia en éstos temas de asesoramiento en propiedad intelectual, escribanos su Caso a éste blog o al email fundacionsanivo@gmail.com y nos contactaremos con Ustedes. 

Sucesión de abuelos y de padres en un sólo proceso.

Señor Rafa, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Consulta acerca de una Herencia. Mi abuelo murió hace 6 años y dejo una herencia a sus hijos (mi mama y tíos), luego mi mama murió en el 2012. La herencia de mi mama quedaria para nosotros (sus 3 hijos), pero mi tía, quien tiene la escritura, esta manteniendonos al margen total del tema. Quiere que le demos un poder, pero no nos dice ni como llegar a la finca, dijo que tenia la escritura, pero ahora dice que no, que lo que tiene es una promesa de compraventa? Queremos saber que podemos hacer, porque mi abuelo y abuela no solo tenían la finca sino otras propiedades mas. Les agradecemos su colaboración"

Respuesta inicial, Al parecer no se ha practicado la sucesión de sus abuelos, porque de haberse hecho ustedes ya tendrían la parte de su Señora madre escriturada y no tendrían que entenderse con sus tías, por lo tanto se debe iniciar cuanto antes el proceso de sucesión de sus abuelos y de su Señora madre de una vez en un sólo proceso ante un Juez Civil del Circuito, obviamente no vayan a firmarle nada a nadie, ya que se podría tratar de una cesión de derechos herenciales, no hay necesidad de pedirle escrituras a su tía, basta con solicitárselas a la notaria, nuestra firma de abogados puede practicar una búsqueda de los bienes de sus abuelos a nivel nacional para denunciarlos en la sucesión, contáctenos. 

Derecho Civil, sucesión de bienes en vida de los padres

Señora Katherine, cordial saludo en relación con su Consulta:


"¿comprar casa por valor de avalúo catastral así el comercial sea mucho mayor? Mi mamá me va a vender una casa(a mi y a mi hermano) en un pueblo, su avalúo catastral es de 18 millones, pero el valor comercial puede estar en unos 150 millones según el sector. ¿Podemos realizar la compra por un valor de 20 millones, sin tener ningún problema? Nota: La vendedora está de acuerdo con el precio, la idea es repartir la "herencia" en vida pero realizando la venta económica de las propiedades. ¿Qué debemos tener en cuenta?"

Respuesta inicial, Los factores para tener en cuenta, es que cuando se inicie el proceso de sucesión de su Señora madre no se les inicie un proceso de simulación, el cual, sanciona la venta ficticia, por parte de su Señor padre, sus hermanos o medios hermanos, donde no solo se pierda tiempo y dinero en gastos notariales sino en un proceso penal por fraude; por lo que existen alternativas legales para tener en cuenta, las cuales tienen un costo de un (1) salario mínimo, donde se les brinda una asesoría legal, una consulta para evitar dolores de cabeza. 


Derecho Penal, Relación Sentimental con Menor de Edad.

Señor Antonio, cordial saludo en relación con su Consulta:

"Tengo conocimiento verbal de una denuncia introducida el día viernes 20 de octubre en mi nombre, Antonio Gomez, ante la fiscalía. Según la denuncia me acusan de mantener una relación sentimental con una menor de edad (17 años); a través de la Internet de acuerdo a la declaración de los padre, el cual es funcionario policial de la ciudad de Cúcuta. Yo actualmente resido en el exterior y me gustaría saber si me podrían representar y darme un estimado de los costos".

Respuesta inicial, el costo inicial para estudiar a fondo su Caso, brindarle una asesoría o consulta integral on line, donde se le ofrezcan todas las salidas o alternativas legales es de un (1) salario mínimo, donde le quedará claro su estrategia legal y arrancar con pie derecho la representación legal.

Derecho Laboral, Prueba de Poligrafo

Señor Jose, Cordial Saludo, en relación con su Consulta:

Fui despedido SIN JUSTA CAUSA después de presentar una prueba de polígrafo que al parecer no pasé, ese día en la madrugada había sufrido una crisis de asma. Hay algo que se pueda hacer? Quedo al pendiente de su respuesta

Respuesta inicial: Es completamente ilegal la practica de un polígrafo para asuntos laborales, así les hagan firmar consentimiento, por lo que se debe interponer la denuncia ante un inspector del trabajo, con los argumentos legales por parte de un abogado con postgrado y experiencia en el asunto, el costo del proceso administrativo ante el ministerio del trabajo es de un (1) salario mínimo.    

Derecho de Familia, Alimentos Mayor de Edad

Señorita Luisa, cordial saludo, en relación con su respuesta:

"Mi papá está demandado por alimentos pero no siempre ayudaba y ahora que estoy trabajando y quiero salir del país le pedí una parte del dinero y me dijo que le quitara la demanda pero funcionarios del juzgado le indican que no se puede y que él me puede demandar"

Rpta, Debe de acelerar el proceso, solicitar alimentos provisionales, los cuales se pueden solicitar antes de que se dicte sentencia, es decir, son alimentos y manutención que se piden desde que se radica la Demanda y el Juez de Familia los ordena de inmediato, por lo tanto puede sacar de ahí los recursos para poder viajar.


Derecho Penal, Falsificación Firma

Señor Robert, cordial saludo, en relación con su solicitud:

"Falsificación de sello y firma profesional".

Rpta. Como debe de tener conocimiento, se deben interponer acciones penales y civiles con el fin de reclamar daño emergente, lucro cesante, perjuicios, costas del proceso y agencias en derecho, es decir, la total indemnización. 


viernes, 20 de octubre de 2017

Divorcio de matrimonio civil, costo tarifa oficial.

Cordial saludo bienvenido a la sección preguntas frecuentes, en relación con su Consulta:

Rpta. Según las tarifas oficiales de honorarios profesionales, título 12. Derecho de Familia - Procesos Especiales, el 12.3 Divorcio de Matrimonio Civil, tiene un costo de diez (10) salarios mínimos; habrá quién cobre menos porque son tramitadores o profesionales que no son especializados ni tienen la experiencia y cobran cualquier suma, pero cuando quede mal hecha la Demanda o las escrituras, toca volver a iniciar otra acción legal; en fin, nuestra firma especializada puede brindarle cómodas cuotas o descuentos por pagos íntegros en efectivo, contáctenos.


Seguridad no pago de la licencia de maternidad

Sra. Norelis, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Yo quiero demandar a saludcoop porque no me ha pagado la licencia de maternidad cuando tuve a mi hija hace dos años estoy llamado que me paguen y nada no me dan respuesta por favor ayuda".

Rpta. Se debe reclamar por escrito a Medimas, colocar la queja ante la Supersalud y una Acción de Tutela, el costo es de un (1) salario mínimo.


Derecho contractual, incumplimiento licitación o contratación pública al contratista


Sr. Nelson, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Les describo los hechos: "Somos una empresa que hasta hora iniciamos a contratar con el estado por medio de las licitaciones de menor cuantía, tratando de hacer la tarea bien hecha sin deberle favores a nadie, pero esto nos enseñó la falta de experiencia. Sin mas preámbulos, nos ganamos una licitación con una entidad llamada APC- COLOMBIA AGENCIA DE COOPERACIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA en el año 2015 con la aceptación de oferta 016 de 2015 por un valor de $ 4.429.012.oo la cual se ejecuto al 100% a plena satisfacción, resulta que ellos funcionaban en la calle 11 con 93 en el barrio chico Edificio Oficinas Carrera 11 y para el año 2016 decidieron pasar las oficinas a la carrera 10 con 97 Edificio Bogota Trade Center también barrio chico en la ciudad de Bogota; pero para entregar las oficinas antiguas y que les dieran permiso de sacar el trasteo los propietarios le exigieron APC que les entregaran las oficinas como las recibieron inicialmente en optimas condiciones, es ahí cuando mis supervisores del contrato me propusieron que les ayudara arreglar las oficinas para ellos entregarlas y poder de esta manera sacar sus pertenencias a las nuevas instalaciones, que me pagarían con una adición al contrato o con otro contrato, yo lo vi normal y como era uno de mis primeros contratos lo acepte y confié en la palabra de ellos. De esta manera nos comprometemos con los propietarios directamente para realizar los arreglos que hubieran a lugar y ellos pudieran hacer su trasteo y efectivamente se realizaron los trabajos se les entrego a los propietarios, e incluso nos pusieron hacer otros trabajos en las oficinas nuevas. y comenzó el calvario. El supervisor se retiro de APC y el jefe del supervisor el cual estuvo al tanto de todo y le daba su aprobación, me comenzó a negar todo y que no tenían plata que ya era otro cuento me cambio todo lo pactado inicial mente, yo en mi ingenuidad y teniendo un poco de consideración les radique una factura de $ 3.000.000.oo para que me la cancelaran y no llegar a malos términos, pero todo lo contrario se han limpiado las manos y no me la cancelaron. Los trabajos que se realizaron tiene un valor real de $5.000.000.oo sera que podemos hacer algo para cobrales?"

Rpta. Inicialmente se recomienda agotar la Conciliación, nuestra firma cuenta con Centros de Conciliación oficiales autorizados ante el Ministerio del Trabajo, donde realmente el Conciliador busca que las partes lleguen a un acuerdo a un arreglo y no es un convidado de piedra que sólo pregunta si van conciliar o no, de los casos que hemos llevado ante éste arbitro todos han sido cerrados, porque éstas entidades son conscientes del daño cometido, ahora bien, creo que no sólo se debería cobrar la suma de 5.000.000.oo sino los gastos en que su Empresa incurra en ésta Conciliación, así como los daños y perjuicios, cláusulas penales, costas y agencias en derecho, daño emergente y lucro cesante. El costo de inversión por convocar la sala de conciliación, el arbitro y un abogado es de un (1) salario mínimo legal vigente mas una comisión o prima de éxito si se logra un arreglo.

Derecho administrativo, baja del ejercito por enfermedad sin indemnización

Sr. Jairo, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Me dieron de baja por tener varicocele no se me han otorgado garantías y me siento frustrado por eso y quiero demandar"

Rpta. Muy recurrentes éstas Quejas contra el Ministerio de Defensa, muchos soldados de la patria con problemas mentales o físicos cometidos en actos del servicio, están siendo dados de baja sin su pensión de invalidez ni indemnización, por lo que como se ha explicado en todas las Consultas, el inicio es la reclamación o agotamiento de la vía gubernativa a través de varios derechos de petición donde se solicite la historia clínica y la resolución o los motivos que dieron lugar a la baja de la institución militar, de ahí se debe interponer las Quejas ante la Procuraduría General de la Nación e incluso la interposición de una acción de tutela; si no se cuenta con recursos acuda a la Defensoría del Pueblo, Consultorio Jurídico Universitario y a la Personería de Bogotá DC o de su Localidad, Municipio o Ciudad, para que un abogado de oficio le preste la asistencia que necesita; nuestra firma de abogados cuenta con profesionales con postgrado y lo más importante la experiencia en éstos asuntos.

Derecho de familia, alimentos al hijo que tiene familia

Sra. Maria, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Se pierde la pensión de alimentos cuando el hijo ya tiene una familia".

Rpta. Los alimentos aplican a quién sea menor de 25 años y con justa causa se encuentre desempleado o si está estudiando hasta la edad que se gradúe, por lo que no importa si tiene familia.

Derecho Laboral, Términos por Calamidad.

Sr. Cristian, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Tengo derecho a calamidad doméstica por hospitalización de mi madre ya que debo estar pendiente de la situación y hasta ahora no se tiene determinado cuánto tiempo duraría la hospitalización. Según el reglamento de la empresa por ese tipo de calamidad se tiene derecho de 1 a 3 días. Si solicito los tres días a partir de hoy (trabajo en la noche) el día de mañana, jueves, que es siempre día de descanso, ¿me queda cubierto como calamidad o me lo ingresan como descanso y la calamidad continúa el viernes?"

Rpta, La respuesta es su segunda tesis, los tres (3) días por calamidad, cubren los turnos a laborar, es decir, para su caso en especial, porque si fuera de 8.00am a 5.00pm, aquí se ve claramente que aplica la noche, el empleado no tendría que "cubrir" por la noche su trabajo, por lo tanto le cubre jueves, viernes y lunes, si no trabaja el sábado.


miércoles, 18 de octubre de 2017

Derecho Migratorio Doble Nacionalidad Colombia Venezuela

Señora Mariana, cordial saludo, en relación con su Solicitud:

Hoola.. Necesito ayuda... Naci en Colombia y fui presentada aqui y mis documentos establecen que naci en Colombia, pero tambien fui presentada en Venezuela y mis documentos establecen que naci en Venezuela, y no se que hacer, porque tanto mi titulo del colegio como el de la universidad estan con mi nacionalidad de Venezuela y no se que hacer... Ahora vivo en Bogota y no he podido validar. Gracias de ante mano por la ayuda que puedan brindarme

Rpta. En  relación con su solicitud, el estudio de la documentación y su situación migratoria así como de la consulta legal es de un (1) salario mínimo.


Contrato de Arrendamiento, Devolución por el Inquilino Entrega por el Arrendatario

Natalia, cordial saludo en relación con su Consulta:

"Necesito asesoría. El contrato se renovó y el inquilino quiere entregar el apto ya, antes de tiempo, sin ninguna multa"

Rpta. Permitale la entrega del inmueble e interponga una demanda por incumplimiento del contrato ante el Señor Juez, donde puede hacer exigible la cláusula penal, los gastos del proceso y las costas. 



Pensiones Régimen de Transición

Sr. Fernando, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"buenos dias estoy interesado en demandar a colpensiones para obtener la reliquidacion de la pension de vejez con el ultimo año de servicio. ya logré mi pensión por esta en el regimen de transicion pero me liquidaron con el 75% de los 10 ultimo años. nací el 30 de mayo de 1958 y laboré mas de 35 años tengo 22 años de servicio en el sector público y 15 en el sector privado estaba afiliado a la caja del municipio del guamo tolima pues preste mis 22 años de serivicios allá en el año 1995 me trasladaron a cotizar al ISS y continué cotizando como privado al ISS hoy colpensiones. he esucchado q estan atendiendo los fallos y los jueces sol condenando a liquidacion de aportes por el periodo de 5, 3 o 1 año y no por toda la vida laboral de aportes porque esos son valores muy elevados los que queda debiendo el pensionado"

Rpta, De acuerdo con su solicitud se debe estudiar su Caso, conforme a las semanas aportadas y las resoluciones que Colpensiones dictó para su pensión con el fin de ser Demandadas ante un Juez, el costo del proceso es de nueve (9) salarios mínimos, pagaderos en comodas cuotas.

Proceso de Insolvencia Quiebra de Persona Natural, Deudas Bancarias.


Señor Jhon, en relación con su Consulta:

"Mi caso es el siguiente tengo una empresa pero es un almacén la verdad. También soy persona natural. Tengo un crédito con el banco de Bogota por 20 millones y este año debido al bajón de ventas me atrase durante todo el año y hace poco me castigaron la cartera. Ya me toco llamar a unos abogados del banco y hacer un acuerdo de pago y quedaron cuotas de $680.000 mensuales. El 10 de octubre pague la primera cuota. Pero hoy me di cuenta que el proceso continua y los llame a ellos y me dicen que en el acuerdo dice que el proceso no para por que no hay seguridad del pago. Entonces pueden dar medidas cautelares. Y entonces yo quedo en las mismas . yo tengo un almacen a nombre de Bendita Casita y nada mas a nombre de la empresa. lo siguiente es que yo ya tenia unos créditos con el Banco de Bogota a nombre mio ya que tenia otro almacén y hace 1 mes desocupe el almacen por que me solicitaron el local. Y mis créditos con tarjetas de créditos en estos momentos suman 108 millones y pues cuando me dieron el crédito de Bendita Casita firme como fiador del credito. Hoy hable con la abogada que lleva el caso mio que es el de persona natural y me dijo que el banco me da 24 meses para pagar los créditos grandes que serian uno de 48 y otro de 27 que están sumando en estos momentos con intereses y esos cumplieron 180 días según ellos el 29 de septiembre pero los pagos siempre se debían hacer el 7 de cada mes y lo lógico era que los 180 días se cumplieran el 7 de octubre y no el 29 de septiembre. Mas sin embargo pues venia los últimos meses haciendo abonos de una cuota para no dejar completar los 180 días . y así lo venia llevando pero el 29 de septiembre no pude hacer el pago de los dos créditos entonces el 30 abone. 1100 de un credito y el 7 pague el otro y el banco los recibió. Lo lógico es que en este momento no te va 180 días si no menos. Pero el banco dice que no y me pasaron a jurídico y las tarjetas llevan 120 días y las entraron tambien al cobro jurídico. Yo soy el representa nte legal de Bendita Casita y único accionista. Y quiero saber que puedo hacer. Yo quiero cancelar pero pues con los acuerdos así este pagando ellos me tienen demandado y sigue su curso. La abogada que tiene mis créditos como persona natural me dice que el sábado vaya a una jornada que va a hacer el banco a ver si me dan mas tiempo pero pues ud sabe ellos ya me deben haber demandado y me imagino va a suceder lo mismo que es así este pagando el acuerdo van a seguir con el proceso. Y quiero saber que se debe hacer para poder seguir trabajando tranquilamente sin estar esperando que vayan al almacen y me embarguen la mercancía que es lo que hay y sin eso no puedo seguir trabajando para pagar mis créditos y que puedo hacer co. Bendita Casita que es el Almacen que hay ahora ya que el otro se desocupó por lo que solicitaron el local. Pero la cámara de comercio y el Rut siguen vigentes . ahora me imagino que miran a ver que tiene Harol Leon que soy yo. Ya que soy el fiador de Bendita Casita. Yo tengo es un carro y la mercancía que hay en el almacen de Bendita Casita. No tengo propiedades. Mas sin embargo yo quiero cancelar mis créditos. Pues este mes ya se nota alguna mejoría y pues de aquí para adelante mejora el comercio. Pero se que si no hago nada los abogados me van a embargar el almacen y las cuentas y así no podre trabajar. Quedo pendiente de su llamada a ver que soluciones me puede dar".

Rpta/. Existe la posibilidad de revisar los procesos ejecutivos, ya que no es normal, la verdad es la primera vez que escucho una conciliación, un acuerdo pero el proceso ejecutivo continúa, para nosotros ésto no es claro, el resto de la Consulta trata de unas deudas aún no solucionadas, pero lo raro es que su abogada o algún conocido no le halla propuesto la figura de declararse en quiebra tanto como persona jurídica como persona natural, ésta figura es muy bien explicada por nuestra oficina de abogados, nosotros dictamos clase sobre éste tema en las Universidades, por lo tanto separe una Consulta con el fin de estudiar los procesos ejecutivos iniciados en su contra así como una asesoría legal para que inicie el proceso de insolvencia, no pierda sus bienes, logre salvar su capital así como tener la posibilidad de levantarse de nuevo; el costo por la Cita es de un (1) salario mínimo legal mensual vigente.

Impugnación del Proceso de Paternidad

Señor Edward, cordial saludo en relación con su Consulta:

"iniciar un proceso de impugnación de paternidad ya que 16 años después me entero que no es hijo legitimo"

Efectivamente en cualquier momento se puede dar inicio, a éste proceso ante un Juez de Familia por parte de un abogado con postgrado y experiencia como los de nuestra firma, contáctenos.


martes, 17 de octubre de 2017

Derecho de Familia - Cuota Alimentaria - Salario Mínimo

Señor Alexander, en relación con su Consulta:


"Buenas tardes, quisiera saber cuánto debo pasar de cuota alimentaria .me gano el mínimo, Gracias".

Respuesta Inicial, la regla general es que se debe aportar una quinta parte del salario mínimo, pero como se ha explicado en otras respuestas, ningún caso es igual al otro, los factores para establecer la cuota de alimentos son: el nivel de ingreso de los padres, los bienes, así como los gastos, por ejemplo el pago de la hipoteca, el mercado, el colegio y la cantidad de hijos que se tengan, así mismo con quién viven los niños, eso baja la cuota, por eso se recomienda que un profesional especializado experto, estudie cada caso en particular y presentárselo al Señor Juez para que éste tome una decisión definitiva y no vivir de discusión en pelea. 


Término Tiempo para interponer Demanda Laboral o Reclamación Prescripción Caducidad

Sra. Patricia, en relación con su Consulta.

Muy buenos dias. En el ano 2015 tuve un accidente y me dieron incapacidad. Al cabo de estar 2 meses incapacitada me sacaron del trabajo pq no servia para la labor que en ese momento estaba ejerciendo. Me pagaron seguridad social 5 meses mas y me la suspendieron dure incapacitada hasta mayo de 2016 y no pude reclamar el valor de las incapacidades pq no era la cotizante. Nunca quise demandar pero desde hay no he encontrado estabilidad laboral. Todavia se puede hacer algo.

Respuesta Inicial, se supone Señora Patricia, que cuenta con tres (3) años para interponer las acciones legales, desde el último día de la relación laboral o fecha que le practicaron los aportes,  basta con colocar la Denuncia ante un Inspector del Trabajo para suspender la prescripción o caducidad de los tres (3) años, así que no hay tiempo que perder, se debe dar inicio a las acciones legales ante un Juez Laboral, se debe estudiar el caso, brindarle una asesoría y practicar una liquidación de sus prestaciones, el costo inicial es de un salario mínimo legal mensual vigente.

Derecho de Familia, Proceso de Manutención de Alimentos a los Hijos.

Señora July, cordial saludo en relación con su Caso:

"Buenos días, de ante mano les agradezco que tengan este espacio, mi consulta es la.siguiente, soy casada por civil con el papá de mi segundo hijo, y tengo otra hija que en estos momentos tienen 19 años, pero tiene patología de border line y depresiones severas y esta en proceso de salir de drogadccion, es mi hija mayor, el.papá de niña falleció y nunca respondió por ella. Al.tiempo me.case con otra persona y tuvimos un hijo, duramos casado 10 años..durante el matrimonio el siempre ha sido empleado de la misma empresa y yo independiente, tengo un centro educativo y durante todo el.matrimonio fui yo quien le.dio la.educacion al.niño desde parvulos hasta quinto de primarian uniformes, utiles, donde viviamos pagabamos.el arriendo con el.alquiler de una casa que teniamos en mi familia( la casa de mi.papá) el vivia con nosotros..asi fue durante años y economicamente a mis niños nunca les hizo falta nada porq me.sitiacion esta bn y mi esposo ayudaba con su aporte mensual igualmente, pero me.hicieron un.robo un fin de semana en el instituti y me.dejaron en la.calle sin nadaa..me.toco volver a empezar de cero porq las personas se salieron y me quebre...eso fue hace casi 3 años..de ahi para adelante todo se complico...vivi con el.papá de mi hijo en la misma casa sin tener nada con el durante casi 2 años ene sa situacion y ps.el ayudaba con el.arriendo de la casa donde viviamos.porqeu en la.epoca que me.robaron la.casa familiae que teniamos se.perdio y nos quedamos sin ella. La.cuestion es que el.papá de mi hijo finalemnte se fue de la.casa y este año no quiere ayudar. El.estaba pagando.el.arriendo de esta casa y el.mes pasadoe.di cuents q esta atrazado en 4 meses y estaba pagando.el.colegio del niño (obligacion que tomo cuando.el.niño entro a sexto bachiller..en estos momentos esta en septimo)porq antes era yo la q le.daba el.colegio al.niño. ..el.sr. dice q no tiene dinero.para seguirme pasando. El.tiene ahora otra persona segun me.di cuenta y no desea seguir ayudandome mas economicamente. En estos momentos soy yo la.que compro mercado, pago servicios, le.pago una prpfe a l niño q le.ayuda en la. Casa mientras yo trabajo e intento salir adelante..mi situacion.economica es muy dificil..estoyen quiebra..los ingtesos que tengo.del.instituto son.menores a.los gastos.de.alla y ps lo q. Saco para las cosas de mi casa logicamente q hacen mas hueco. El año psado busque trabajo..donde me.quedaron debiendo y noe.cumplieron. ya temgo casi 40 años y es dificil que me.den trabajo. Sigo con mi negocio intentando sacarlo adelante pero sola no soy capazz..no me.alcanza y el.papá del niño me acaba de decir via whatsappp que no tiene plata..q se.pondra al.dia con los meses que debe de arriendo y que yo siga pagando.el.arriendo q porq el.no.tiene de donde sacar supiestamemte mas dinero. Yo alimento a mi hijo. Yo trato de darle recreacion muy poca por mi.situacion. yo pago los.servicios..y le.propuse q me pase asi sean 300 mil pesos q yp.pongo.el.resto..aca pagamos 550 mil pesos y me.dice q no tiene plata. No.se que hacer. No tengo mas.dinero para estar.sola cln la.obligacion..el.no.quiere ayudar mas..cuando fui yo toda la.vida la.que llevo parte de la.obligacion cuando.estuve bn. El gana creo 2 salarios.minimos. lo.q.suxede es que tiene un salario.basico y el resto.son comisiones..masomenos recibe.mensual por.poco 2 millones de pesos. Si no es mas....el.lleva mas de.18 años trabajando en.esa.empresa ..no se que hacer..necesito q el.me.ayude..no.se.como.es lo.de.demanda de alimentos..cuanto.me.tocaria a mi si.lo.demando..que no.queria llegar a eso pero la.necesidad me.obliga hacerlo. Son 2 personas las q temgo a cargo mi hija mayor que nombre anteriormente ..niña que durante el matrimonio vio a fredy como a su papá..el en estos momentos aun nos.tiene como beneficiarias a las y a al niño y se que pronto nos sacara..no se que hacerr..no tengo mas.dinero..mi.papá vive con migo es una personas de.75 años..es pensionado pero tiene todas las.pensiones embargadas..esto.es.demostrable..por los.problemas economicos que el.tenia que tambien me afectaron ..se.perdio la.casa..me.dejaron.em.la.calle los.ladrones. situacion demostrable igualmemte con fiscalia, mi negocio no me.da las.suficientes gananxias..estoy desesperada y nevesito q porfavor me asesoren..conciendo mi.historia de.vida..que derechos tengo yo y con cuanto me.debe ayudar.el.papá de. Mi.hijo. me.disculpan el.mensjae tan largo pero queria contar.todo y no.dejar detallees sueltos sobre todo. Quedo atenta y mil graciasss"

Respuesta Inicial, lo mas recomendable sería iniciar una Demanda de liquidación de la sociedad conyugal así como de alimentos ante un Juez de Familia, para recuperar lo bienes que su ex le ha quitado, así como de un proceso de alimentos y manutención de su hijo, pero para ello se requiere de recursos económicos para solventar un profesional especializado en el tema que adelante bien el proceso, si no cuenta capacidad económica debe acudir a una Comisaría de Familia, donde sólo por un acuerdo se puede llegar a un arreglo económico, lo malo es que no hay la coacción para obligar al padre a que pague lo que debería dar, lo mismo pasa ante la Fiscalía donde se pierde mucho tiempo en audiencias de conciliación; por lo que lo mejor es iniciar una Demanda por alguien experto no por el que le cobre más barato ya que no le hará nada, en ése caso solicite un defensor de oficio en la defensoría del pueblo o en un consultorio jurídico universitario, pero sepa que éstos defensores tienen muchos procesos y no podrán llevar el proceso con la celeridad, prontitud o estudio a fondo del mismo.

Citación al Demandado o Denunciado en otra Ciudad

Señora Caroline:

Me llego una citación por estafa (cosa que jamás he hecho). Me debo presentar en Manizales y solicite que me citarán aquí en Bogotá pero me dicen que debo ir hasta allá, económicamente se me dificulta bastante y no he logrado conseguir el dinero, que pasa si no asisto a esa conciliación?

Respuesta Inicial, la Ley dice que las demandas o denuncias deben ser atendidas en la residencia del Demandado, por cuestiones de competencia, ahora bien, si se trata de una estafa se colige en el lugar de los Hechos, pero si el Denunciante tiene claro el lugar del domicilio suyo y Usted claramente radica por escrito un oficio donde conste el lugar de su residencia, el Señor Fiscal debe practicar las actuaciones en Bogotá a través de un despacho comisorio, es decir, comisionando a un Fiscal en la Ciudad de Bogotá DC, para que atienda su declaración o lo que se necesite practicar acá, radique entonces un nuevo escrito colocando el número del proceso, las partes y el Fiscal indicando la dirección de su residencia así como de la incapacidad de acudir a la Ciudad de Manizales, si persiste la citación o desplazamiento acuda a la Personería de Bogotá o a la Procuraduría General de la Nación.

Derecho de Familia, Demanda de Paternidad Impugnación Prueba ICBF

Señor Herson, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Hace 4 años salí con una joven dónde estuvimos una sola vez, aunque no usamos condón no termine dentro de ella, le compre un postDay se lo tomo en frente mio, 4 meses después me dijo que estaba embarazada y le dije que como era posible, ella salia todos los fines de semana de farra y se emborrachaba mucho.... 4 años después me llega una citación del bienestar familiar para prueba de paternidad... que puedo hacer dudo mucho que sea mio que puedo llevar ese día".

Respuesta Inicial,

Lo primero es que debe nombrar, conferir poder a un abogado especializado y no esperar hasta el final, hasta que las autoridades tomen decisiones en su contra, la solución no es quedarse callado, sino que en las etapas procesales, en éste caso administrativas alegar todo lo que se pueda en su defensa, por lo que a través de un profesional especializado se hace parte en el proceso, estudia el caso y se le brinda una asesoría integral. 

viernes, 13 de octubre de 2017

Derecho Comercial, Exigirle Primero al Deudor y luego al Fiador

Señor Jeisson, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Asesoria, buen día serví de fiador ahora no se como hacer para que pague la persona de la deuda que puedo hacer gracias".

Existen mecanismos procesales, por parte de abogados expertos como los de nuestra firma en atacar el cobro a través de una figura poco conocida o utilizada ya que solo es aplicada por conocedores del tema y es el beneficio de excusión, incluso se puede practicar una investigación de bienes al deudor y fundamentar tanto al Señor Juez como al acreedor o cobrador que procedan sobre esos bienes o cuentas. Finalmente Usted puede cobrarle judicialmente al deudor el dinero que le tocó pagar o le fue embargado.

El costo por la investigación de bienes al deudor es de un (1) salario mínimo l.m.v. y la representación legal o de defensa ante el Señor Juez en el proceso (si existe) es de cinco (5) salarios mínimos l.m.v.

Estas tarifas oficiales son negociables y pagaderas en cómodas cuotas según el nivel de estrato social y salario devengado por el Cliente.

Derecho Penal, Persona Condenada, Alternativas

Señor Buitrago, cordial saludo en relación con su solicitud:

"Tengo una orden de encarcelamiento por 1 año la verdad no me he presentado ya ha pasado 1 año y 4 meses quisiera saber si se puede hacer algo para arreglar ese problema yo concilie con la victima le consigne la plata que me pidió fui a los juicios y todo muchas gracias por su atención quedo atento a cualquier respuesta"

Respuesta inicial, se podría investigar si el proceso adolece de una nulidad, según la tarifa oficial de abogados los recursos ante un Juez Penal Municipal tienen un costo de cinco (5) salarios m.l.m.v.

En San Ivo Abogados, éstas tarifas son negociables según el estrato social y nivel de ingresos del Cliente, pagaderos en cómodas cuotas.


Separación de Bienes, Liquidación de la Sociedad Conyugal, Custodia Tarifa Oficial Bogotá DC

Cordial saludo, bienvenidos a la sección preguntas consultas frecuentes, en relación con su solicitud:

Respuesta Inicial, 

Según la tarifa oficial de abogados la separación de bienes y liquidación de la sociedad conyugal tiene un costo de 10 salarios m.l.m.v. Cuando los bienes asciendan a mas de 500 millones se cobrará 20 salarios m.l.m.v. El divorcio de matrimonio civil o por cesación de los efectos civiles de matrimonio católico tiene un costo de 10 salarios m.l.m.v.

La suspensión, perdida o privación de la patria potestad tiene un costo de inversión de diez (10) salarios mínimos.

Contáctenos para brindarle facilidades de pago, en cómodas cuotas de financiación y paquetes de descuento.

Equipo jurídico San Ivo Abogados.


Derecho de Familia. Alimentos Manutención, Hijo Mayor de Edad

Juan, cordial saludo, en relación con su consulta:

"Quiero demandar a mi padre siendo mayor de edad pues en mi niñez y adolescencia no me apoyo para estudio ni salud, hoy en día busca dar una suma baja a mi mama pero a mis hermanas y a mi no nos tiene en cuenta, tenemos un patrimonio según el es solo su propiedad, pero esa propiedad la adquirió cuando ya estaba con mi madre,quisiera saber a donde puedo acudir para demandarlo y si se debe tener encuentra el avalúo catastral"

Respuesta inicial, los hijos menores de 25 años que están estudiando o no se han graduado, pueden demandar por alimentos y manutención a sus padres, el camino inicial sería la Comisaria de Familia, el CAVIP de la Fiscalía y un Consultorio Jurídico Universitario si Ustedes no cuentan con los recursos económicos para sufragar un abogado experto, el problema es la acumulación de procesos y la demora de éstos Despachos; por lo que si se cuenta con un capital se recomienda interponer una Demanda ante un Juez de Familia por parte de un abogado especializado experto. 

jueves, 12 de octubre de 2017

Derecho de Familia - Alimentos Hijo Estudiante y Trabajador

Adriana, cordial saludo, en relación con su Consulta:

Demanda por alimentos.. tengo 23 años y trabajo y estudio aun puedo demandar?

Respuesta Inicial: Es posible interponer la Demanda y que su padre le explique al Señor Juez que Usted trabaja, cosa que no es fácil porque tiene que contratar abogado y sustentar muy bien sus ingresos, pero también se puede explicar que ésos gastos solo le permiten sobrevivir. 

Derecho de Familia, Alimentos Manutención, Padre Escondido Evasor

Señora Ana, en relación con su consulta:

"Necesito una accesoria para demandar al papá de mis hijos, es pensionado de la policía y desde hace seis meses se desapareció"

Respuesta inicial: Se debe interponer una Demanda de Alimentos ante un Juez de Familia, nuestra firma cuenta con maneras de ubicar los bienes del padre evasor de sus responsabilidades y solicitar que le sean embargadas, así como del salario que devenga en la policía nacional. La tarifa oficial de la Demanda y el proceso es de cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, negociables y pagaderos en cómodas cuotas y la investigación de bienes tiene un costo de inversión de un (1) salario mínimo legal mensual vigente.  

Derecho Inmobiliario, Estudio de Títulos Minuta, Adquisición de Inmuebles

Señor Bauer, cordial saludo desde este Bufete Boutique, en relación con su Consulta:

"Necesito una cotización para acompañar el proceso de la compra de una vivienda, o sea, revisión de las documentaciones y acompañamiento para la realización del pago. Gracias"

Respuesta Inicial: El estudio de títulos y minuta, corresponde a los honorarios profesionales, para practicar a través de la experiencia una investigación a fondo, para conceptuar si el predio es o no una garantía para su adquisición, es decir, que no tenga vicios ocultos, gravámenes o afectaciones; para tal efecto se debe suministrar como mínimo los siguientes documentos:
  • Cédula de ciudadanía de los vendedores.
  • Certificado de tradición y libertad del predio.
  • Escrituras del inmueble.

Costo de inversión: Dos (2) Salarios Mínimos L.M.V. 

Derecho de Familia - Deudas Entre Conyuges o Compañeros Permanentes, Infidelidad.

Señor Nestor, de conformidad a su consulta:

"Buenas tardes, vivo en unión libre con mi pareja desde hace 1 año y 7 meses. Desde esa fecha le he prestado dinero que quiero recuperar motivado a que descubrí que me fue infiel. Puedo proceder legalmente de alguna manera? Muchas gracias!".

Respuesta Inicial: Es posible el inicio ante un Juez de Familia de un proceso de divorcio o de liquidación de la sociedad, donde se incluya el dinero adeudado y bajo la causal de infidelidad que se condene económicamente al compañero culpable o se podría iniciar tanto un proceso ordinario, un monitorio o un interrogatorio para constituir la prueba de lo adeudado, por lo que si existen caminos, incluso ante un Centro de Conciliación con el que tiene convenio nuestra firma de abogados para llegar a un acuerdo y que a la compañera se le perdone la infidelidad pero que devuelva lo adeudado; contamos con árbitros muy expertos en la resolución de conflictos.

miércoles, 11 de octubre de 2017

Derecho Penal Acceso Carnal Violento Actos Sexuales Abusivos Menor de Edad

Señora Lilia, en relación con su Consulta:

"Solicito ayuda urgente!!!, se trata de un caso de abuso sexual de una menor de 8 años de edad, la madre de la menor es una mujer campesina de muy bajos recursos que vive en la vereda Volcán 2 de la ciudad de Ubaté (Cundinamarca). El presunto violador es reincidente pues hace ya varios años había violado a otra menor de edad, él estuvo unos pocos meses en la cárcel y salió libre. La madre de la menor fue presionada por la familia del presunto violador para que no lo denunciara y ahora es víctima de ultrajes y agresiones verbales por haberlo denunciado en la Fiscalía de Ubaté. Necesitamos urgente un abogado penalista especialista en abusos sexuales a menores, que la asesore y le ayude con este proceso porque al parecer el caso va a quedar impune. Desafortunadamente en este país a diario ocurren casos como éste y si no se cuenta con un buen abogado los violadores siguen libres asechando nuevas víctimas. El presunto violador es nativo de esa vereda y cuenta con el apoyo de la familia y la comunidad, mientras que la madre de la menor es de otra región y hace unos años llego a vivir a esa vereda y no cuenta con ningún apoyo ni con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado. Estoy muy preocupada porque en las zonas rurales la mayoría de casos de abuso sexual a menores no se denuncian y los pocos casos denunciados ante la fiscalía quedan archivados. Tengo la certeza de que ustedes pueden ayudarnos, quedo atenta a su respuesta".

Se debe acudir al tiempo a todas las autoridades: 1. Comisaría de Familia, 2. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, 3. Personería de Ubaté, 4. Defensoría del Pueblo, 5. Consultorio Jurídico Universitario en Ubate opera la Universidad de la Sabana y la Santo Tomas; éstas cinco (5) entidades por ser Ministerio Público hacen parte en el proceso que se adelante en la Fiscalía como defensoras de los derechos humanos y de la menor de edad, inclusive el ICBF se puede hacer a la custodia y protección inmediata de la niña de ocho (8) años a través de la Policía de Infancia y Adolescencia. Se debe radicar un escrito, un derecho de petición en las cinco (5) entidades y que cada una en su competencia administrativa proteja a la menor y se hagan parte en el proceso; en caso que alguno de los cinco (5) organismos aquí citados se retraiga a sus funciones constitucionales cabe la acción de tutela, para que se proteja la vida, honra e integridad de los niños. 


martes, 10 de octubre de 2017

Derecho de Familia, Cuota Alimentaria, Evasión.

Señora Jeimy, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"Buen día deseo saber cuanto se incrementa la cuota de alimentos, para él padre de mi hija el tiene 2 hijas un de 4 años y mi hija de 12 años desde el 2010 cuando se fijo cuota $150.000 no se ha ajusta cuanto seria la cuota con el incremento actual  el dice que gana un mínimo y yo soy persona en condición de discapacidad por movilidad reducida que cubro todas las necesidades de mi hija, hace un año no me consigna ni un peso, no cumplió con las mudas de ropa, para el mes de enero informo que se había quedado sin trabajo, pero la semana pasada la esposa me confirmo que no estuvo por fuera del periodo de cobertura por esta en estado de desempleo, aun continua con la misma empresa laborando, pero no presento documentación para que mi hija fuera beneficiaria de subsidio de familiar ni me informo de hasta la semana pasada de que no había pasado los documentos para este benéfico, la caja de compensación no me quiso informar y durante todo este año le han negado este beneficio a mi hija, quien debe responder por estas cuotas. El año pasado en octubre cancelo 9 millones del incumplimiento anterior pero desde septiembre no consiga nada ni cumple con vestuario, con  gastos de colegio. Quien debe hacer la liquidación para seguir el proceso por inasistencia alimentaria. teniendo en cuenta que mi hija no quiere tener contacto con el Gracias"

Respuesta a su solicitud, asesoría legal:

En principio, se debe aclarar si ya se practicó acta de conciliación entre las partes ante una comisaría de familia, ICBF, fiscal, centro de conciliación universitario o juez de familia, únicos autorizados para oficializar éstos acuerdos; ante el incumplimiento de éste acuerdo de manutención del menor procede un proceso ejecutivo como un proceso coactivo donde se solicita el embargo del salario, cuentas financieras o bienes para obligar al cumplimiento. Este tipo de proceso se inicia ante un juez de familia, en el se tasa todo lo adeudado y se solicitan las medidas cautelares de embargo, ahora bien, si lo que se necesita es incrementar la cuota alimentaria o de manutención se debe iniciar una demanda de regulación, donde se le explica al Señor juez, su situación personal por ejemplo de incapacidad así como los ingresos del padre e incluso la situación relacionada con el pago del subsidio familiar; la liquidación debe ser presentada por un profesional especializado como los de nuestra firma de abogados, en la que se expliquen los factores liquidatorios, cosa que no lo haría a fondo o de manera especifica un funcionario que no tiene el tiempo ni la paciencia, para escudriñar detalladamente con los argumentos técnicos y legales para éste caso, una vez realizada, se puede volver a convocar una audiencia de conciliación o como se explicó al principio dar inicio a un proceso de cobro. El costo de inversión por practicar la liquidación y brindarle una asesoría legal es de 99.999.oo, el inicio de un proceso ejecutivo, coactivo o de cobro es de un (1) salario mínimo legal mensual vigente mas un porcentaje o comisión de éxito del 16% y si se trata de un proceso regulación de cuota tiene un valor de tres (3) salarios mínimos, pagaderos en cómodas cuotas, finalmente no se necesita que su hija tenga contacto con él.

viernes, 6 de octubre de 2017

Perturbación al Arrendatario - Derechos del Inquilino

Bogotá DC, viernes 6 de octubre de 2017.

Señor Parda Gaona:

De conformidad con su Consulta:


"1. me arriendan primer piso de casa abril 29 de 2017
2. me dicen que la van a demoler y que van a iniciar estudios en diciembre 
3. acepto arrendamiento y entrego documentos con esta condicion( documentos necesarios para perfeccionar contrato) , es decir que mas o menos por un año por que los estudios de contruccion se demoraria 3 meses por ley.
4. recibe los documentos par perfeccionar contrato la señora dueña de casa quien me arrendo
5. queda en entragar contrato escrito para la firma el dia siguiente lo cual nunca paso
6. por medio de derecho de peticio le pido esos documentos y el contrato y nunca contesta
7. pasa una carta a los 23 dias de arrendarme que debo desucupar que porque va demoler el siguiente mes 10 de mayo
9. no acepto y sigo viviendo ahi
10 nuevamente, cuando llevo tres meses de vivir ahí, me pide con carta para que le entregue a los 6 meses porque ya se me cumplía el contrato lo cual es falso, porque fue pactado al año aproximadamente porque dijo que empezaban estudios en diciembre maslos tres meses de estudios de suelos seria un año.
cabe aclarar que la señora siempre se negó a entregarme el contrato, lo cual fue perdido por escrito pero hizo caso omiso.
en segudo lugar la señora cambio guardas del garaje que no estaba ocupado por mi pero eso no le daba derecho a cambiar guardas , y no me entrego copias hasta que le dije y ahi si llego al 9 dia . cuando debio haberme entegadoel mismo dia de cambio de guardas.
y si esta la situacion , yo me siento presionado desde el principio a entragar , y me siento mal psicologicamente debido a esto y moralmente con mi familia ya que se les esta pagando y no se esta disfrutando.
Que debo hacer ?¡ si entrego ahora tengo derecho a cuanto de indemnizacion? por las ctuaciones de la señora que denuncios debo colocar y a donde?"

Una vez suscrito el contrato de arrendamiento escrito o verbal como en el presente caso, el arrendatario adquiere el uso y goce del inmueble y lo más importante la posesión pacifica, es decir, la propietaria del predio no puede perturbar la estadía del inquilino por ningún motivo; es ahí cuando se debe llamar al cuadrante de la policía por cada vía de hecho de cometa la arrendadora, más aún con el nuevo Código de Policía. El hecho que sea la dueña, no le da derecho en ningún momento de cambiar las guardas; en consecuencia nuestra firma de abogados puede remitirle una carta a la propietaria solicitando que cesen los actos de desahucio y que se respete el contrato de arrendamiento tanto verbal como escrito, nuestro consejo es que no se retire de la vivienda no le ceda a la dueña, ya que Usted puede cobrar la cláusula penal por incumplimiento del contrato, los daños y los perjuicios ocasionados y si quieren que Usted desocupe deben indemnizarlo.

Separe una cita en nuestra oficina, para brindarle una asesoría así como de un estudio a los documentos firmados, las cartas que la arrendadora le ha dado y la elaboración de un oficio a la propietaria de la vivienda por parte de nuestra firma de abogados, donde con argumentos legales se le solicitaría respetar su posesión pacifica del arriendo, el costo de inversión es de 199.999.oo.

Atentamente,

David Eduardo Romero Mayor.
Abogado Especializado.
SAN IVO ABOGADOS.



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