jueves, 5 de octubre de 2017

Corrección del Registro Civil de Nacimiento o Cédula de Ciudadanía

Sr. Herrera.

Cordial Saludo, de conformidad con su Consulta:

"Les escribo con la intención de obtener información u asesoría sobre como resolver el lugar de nacimiento de mi cédula colombiana. Sucede que mi abuela que en paz descanse, me registro como nacido en Cartagena mientras mis padres estaban fuera del país. Como logró hacer eso, ni siquiera mi madre sabe. El tema es que luego de haber tramitado el documento de identidad, me di cuenta que esta mal el lugar de nacimiento. Con el propósito de arreglar esta situación, recurro a ustedes. Ahora las preguntas son las siguientes: 1) Se puede arreglar este inconveniente? 2) Que hay que hacer? 3) Cuanto tiempo dura el tramite? 4) Debo estar presente en el proceso? Y lo más importante, 5)Cuanto me cuesta hacer todo ese papeleo. Muchas gracias por la atención. Quedo atento a su comentario"

De acuerdo con lo anterior, si se trata de enmendar el registro civil de nacimiento, éste se debe interponer ante un Juez de la República y su costo por parte de un experto especializado es de seis (6) salarios mínimos; ahora bien, si el asunto es sobre su cédula de ciudadanía se deben presentar acciones administrativas contra la Registraduría para su corrección y su costo es de tres (3) salarios mínimos, los trámites en éstos procesos son relativamente cortos ya que los procesos en la actualidad son orales, posiblemente el Señor Juez requiera de su presencia para una declaración y en el Caso de no estar en el lugar del Juzgado se le remitirá a donde se encuentre a nivel nacional o por consulado, por lo demás al dejar un poder conferido a un abogado especialista éste quedará pendiente de todo el proceso. Atte, David Eduardo Romero Mayor - Abogado Especializado.


Derecho Inmobiliario - Contrato de Arrendamiento Residencial

Sra. Sindy, cordial saludo.

En relación con su Consulta:

Tenía un contrato de arrendamiento por un mes a nombre mío y de mi compañera de apartamento anterior, al cumplir el mes se pagaron 15 días más de renta y en ese tiempo mi compañera y el dueño de la vivienda se pusieron de acuerdo y me sacaron a mí del apartamento el 23 de agosto del presente año sin previo aviso y al no tener dinero para sacar mi trasteo me toco dejarlo allá y cuando fui a recogerlo el dueño de la vivienda me cobra 80.000 pesos por el tiempo que tuvo mis cosas guardadas y no me entrega todas mis pertenencias y los pocos electrodomésticos que me deja sacar están dañados, trate de conciliar una cita con mi ex compañera que aun vive ahi y con el dueño del inmueble para saber cual era el responsable de los daños y en manos de quien están varios de mis enceres y ninguno me quiere atender. En el mes que viví allá la casa estaba en remodelación y se metía el agua a mi habitación y se me dañó la cama por la cantidad de agua que le caía constantemente. ¿Qué puedo hacer? ¿A quien debo demandar al dueño del inmueble o a mi ex compañera de apartamento?

Debemos estudiar su contrato de arrendamiento residencial y brindarle una asesoría legal, su costo es de medio salario mínimo. el arrendador no puede quedarse con sus bienes muebles ni mucho menos expulsarla del apartamento alquilado.

Atte, David Eduardo Romero Mayor - Abogado Especializado.

Pd. Separe una cita en nuestra oficina o por vía online a través de whatsapp o MSN, aceptando el costo o valor de la Consulta.

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