Señor Daniel, cordial saludo, en relación con su Consulta:
"Buen día. Tenemos un negocio familiar en el barrio Castilla desde hace 27 años. En mayo de este año, el dueño del inmueble nos envió una notificación informando que se daba por terminado el contrato de arriendo ya que está en venta la casa. Según me he informado por código de comercio, eso no es motivo legal para solicitar la restitución del local. Quisiera saber qué se debe hacer, ya que el contrato vencería el 25 de noviembre: informar al dueño la no desocupación del inmueble, consignar en cuenta judicial. De igual manera, requiero la asistencia de un abogado que lleve el caso en caso que la situación se complique".
Respuesta inicial, efectivamente Usted tiene derecho como mínimo a una indemnización, al good will que le dio al local comercial a la cláusula penal, a la renovación del contrato e incluso el derecho a adquirir el predio, somos abogados con postgrado y experiencia desde el año 2001 en éstos procesos, contáctenos.
Tarifa promocional, medio salario mínimo legal mensual vigente, 369.000, consignando en la cuenta de ahorros del Banco Caja Social # 240 633 477 13 a nombre del profesional especializado: David Edo. Romero M. y reserve su Consulta ahora, donde se le hará por escrito la respuesta al arrendador.
Atte, San Ivo Abogados.