"Solicito ayuda urgente!!!, se trata de un caso de abuso sexual de una menor de 8 años de edad, la madre de la menor es una mujer campesina de muy bajos recursos que vive en la vereda Volcán 2 de la ciudad de Ubaté (Cundinamarca). El presunto violador es reincidente pues hace ya varios años había violado a otra menor de edad, él estuvo unos pocos meses en la cárcel y salió libre. La madre de la menor fue presionada por la familia del presunto violador para que no lo denunciara y ahora es víctima de ultrajes y agresiones verbales por haberlo denunciado en la Fiscalía de Ubaté. Necesitamos urgente un abogado penalista especialista en abusos sexuales a menores, que la asesore y le ayude con este proceso porque al parecer el caso va a quedar impune. Desafortunadamente en este país a diario ocurren casos como éste y si no se cuenta con un buen abogado los violadores siguen libres asechando nuevas víctimas. El presunto violador es nativo de esa vereda y cuenta con el apoyo de la familia y la comunidad, mientras que la madre de la menor es de otra región y hace unos años llego a vivir a esa vereda y no cuenta con ningún apoyo ni con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado. Estoy muy preocupada porque en las zonas rurales la mayoría de casos de abuso sexual a menores no se denuncian y los pocos casos denunciados ante la fiscalía quedan archivados. Tengo la certeza de que ustedes pueden ayudarnos, quedo atenta a su respuesta".
Se debe acudir al tiempo a todas las autoridades: 1. Comisaría de Familia, 2. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, 3. Personería de Ubaté, 4. Defensoría del Pueblo, 5. Consultorio Jurídico Universitario en Ubate opera la Universidad de la Sabana y la Santo Tomas; éstas cinco (5) entidades por ser Ministerio Público hacen parte en el proceso que se adelante en la Fiscalía como defensoras de los derechos humanos y de la menor de edad, inclusive el ICBF se puede hacer a la custodia y protección inmediata de la niña de ocho (8) años a través de la Policía de Infancia y Adolescencia. Se debe radicar un escrito, un derecho de petición en las cinco (5) entidades y que cada una en su competencia administrativa proteja a la menor y se hagan parte en el proceso; en caso que alguno de los cinco (5) organismos aquí citados se retraiga a sus funciones constitucionales cabe la acción de tutela, para que se proteja la vida, honra e integridad de los niños.