jueves, 26 de octubre de 2017

Derecho Laboral, Descargos Irregulares al Empleado, Reglamento Interno de Trabajo

Señora Giselle, cordial saludo, en relación con su Consulta:

"El día 29 de agosto del presente año por accidente entrando de almorzar entre el celular (es una flechita)pero esta prohibido según el reglamento estuve en descargos por el hecho el 11 de septiembre por motivos de incapacidad de hecho el día que cometí la falta yo tengo legalmente incapacidad ya que el ortopedista me otorgo incapacidad ese día a las 5 pm hoy casi dos meses después del hecho me dan respuesta a los descargo y me suspenden 8 días era mi primer falta en 6 años que llevo en la empresa es ???? el tiempo que se demoro la respuesta de los descargos en esos 8 días de la suspensión prima una incapacidad o la suspensión laboral (nunca he tenido ni un memorando, ni un llamado de atención) mi contrato es a termino indefinido".

Respuesta inicial, No es legal ésta suspensión laboral, se debe sujetar estrictamente al Reglamento Interno de Trabajo - RIT de su empresa, por entrar un celular un empleado no puede ser sancionado y efectivamente Usted se encontraba incapacitada para la época de los descargos, por lo que se deben interponer las Denuncias administrativas ante el Inspector del Trabajo y ante el Señor Juez, nuestra firma de abogados también podría formular directamente la reclamación ante la Empresa, todo esto con el fin con el objetivo de asegurarle su estabilidad laboral futura porque todo indica que la están desahuciando, aburriendo, acorralando para poderla despedir o que se canse y renuncie, entonces se recomienda invertir recursos y no esperar que sea despedida, el costo es de un (1) salario mínimo para interponer la reclamación directa y la querella ante el inspector del trabajo.

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