Los derechos del arrendatario, cuando el arrendador pretenda multarlo o cobrarle la cláusula penal, es que las normas de arrendamiento residencial, al contrario, deben reconocerle al inquilino, por el sólo hecho de llevar largo tiempo una indemnización; adicionalmente, si le solicitan el inmueble o si le perturban la posesión como por ejemplo cambiándole las guardas, quedándose o reteniendo las cosas, se puede solicitar la protección de la policía con el nuevo código, cobrarse los daños y la cláusula penal.
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Atte, Equipo jurídico San Ivo Abogados.
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